23 ago 2011

Ingresos Brutos- Modificación del SIFERE

LA COMISION ARBITRAL
(CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.08.77)
RESUELVE:      
Artículo 1º — Aprobar la versión 2.0.2 del aplicativo domiciliario SI.FE.RE - “Sistema Federal de Recaudación de Convenio Multilateral” para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral. Este aplicativo será de uso opcional a partir del día 1º de Septiembre de 2011 y estará disponible para su descarga en la página WEB de la Comisión Arbitral (www.ca.gov.ar), apartado Sistemas, en el link SIFERE.
Art. 2º — El pago sin disquete se materializará a través de la emisión de un “Volante de Pago” por cada jurisdicción, el cual estará identificado con el número de formulario que se indica a continuación, según sea el caso:
Formulario 5859: Sólo Pago
Formulario 5860: Volante de Pago de Intereses
Formulario 5861: Volante de Pago de Multas
El pago debe efectuarse ante las entidades recaudadoras habilitadas conforme el listado que se publique en el sitio WEB mencionado en el artículo anterior.
Art. 3º — Dejar establecido que en el release aprobado por la presente se mantiene la posibilidad de pago del gravamen, intereses y multas ante las entidades bancarias con disquete o a través de transferencia electrónica (VEP).
Art. 4º — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Mario A. Salinardi.— Alicia Cozzarín de Evangelista.

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