TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.
SISTEMA ÚNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES (SUAF).
PAGO DE UN COMPLEMENTO POR ÚNICA VEZ. MONTO. OPORTUNIDAD
Se dispone la liquidación de un complemento por única vez equivalente a una suma de dinero que
será abonada a los trabajadores en relación de dependencia de empleadores incluidos en el Sistema
Único de Asignaciones Familiares (SUAF) que inician una relación laboral formal que permite cubrir
la contingencia de cargas familiares, desde la fecha de ingreso del trabajador al empleo formal y
la primera liquidación de las asignaciones familiares del sistema contributivo.
A partir de setiembre de 2011, el citado complemento consistirá en el pago de una suma de dinero
igual al 100% del valor general de las Asignaciones Familiares por Hijo y/o Hijo con Discapacidad,
siempre que en el mes inmediato anterior al de su ingreso al nuevo empleo la Administración
Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) haya liquidado la Asignación Universal por Hijo para
Protección Social a alguno de los adultos responsables que conforman el grupo familiar.
Para que la medida resulte operativa, los empleadores deberán cumplir con la obligación de
informar los datos referidos a la relación laboral y las relaciones familiares de los trabajadores
dependientes a través del Sistema "Mi Simplificación II" o los mecanismos vigentes en la ANSeS
a tal efecto.
El complemento será descontado automáticamente por la ANSeS cuando el empleador declare el
cese de la relación laboral del trabajador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.
La Gerencia de Diseño de Normas y Procesos dictará las normas complementarias y aclaratorias
que resulten necesarias para la implementación de lo dispuesto en la presente resolución.
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