10 nov 2011

Tierra del Fuego - IIBB Tasa Cero


Se establece que los contribuyentes que gozan del beneficio de Tasa Cero (0%) en el impuesto sobre los ingresos brutos, de acuerdo a lo establecido en la ley impositiva y su modificatoria -L. (T. del Fuego) 854- recientemente publicada, podrán solicitar la renovación y/o expedición de las Constancias de Tasa Cero hasta el 30 de noviembre de 2011, siempre que cumplan con los requisitos de exigidos en la norma citada.

Las nuevas constancias regirán desde el 1 de noviembre del corriente año.

En cuanto a aquellos contribuyentes que hubieran tenido el beneficio mencionado hasta el 31 de octubre de 2011 y que hayan solicitado con anterioridad la renovación y/o expedición de la constancia, deberán ajustarse a las recientes modificaciones establecidas por la ley provincial 854, antes del 30 de noviembre de 2011.

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