29 nov 2012

CDI - Sociedades - Clave de Identificacion Tributaria


Se establece que la solicitud de Clave de Identificación (CDI) por parte de las representaciones diplomáticas y otras entidades se realizará mediante el formulario de declaración jurada 420/J, generado por el programa aplicativo denominado “Módulo Inscripción de Personas Jurídicas - F.420/J - Versión 2.0”. Dicho formulario será remitido por Internet por el representante legal o la persona debidamente autorizada, a través del sitio de la AFIP, ingresando al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”. El sistema validará los datos ingresados en el aplicativo o arrojará una observación por inconsistencias detectadas. A tal efecto, el solicitante deberá subsanar las mismas e ingresar una nueva solicitud. Una vez validada la presentación se deberá imprimir la constancia de “aceptación de trámite” y luego se deberá concurrir a la dependencia -correspondiente al domicilio de la sociedad o de su representante- con toda la documentación presentada por Internet.

Por su parte, se establece que las sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas que no se encuentran sujetas a fiscalización estatal permanente deberán tramitar las solicitudes de inscripción y alta exclusivamente en el programa aplicativo denominado “Módulo Inscripción de Personas Jurídicas - F. 420/J - Versión 2.0”. El formulario generado será remitido a la AFIP electrónicamente.

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