7 nov 2012

Consultas SIFERE WEB


Res.Gen.6/2012 Comision Arbitral Convenio Multilateral

LA COMISION ARBITRAL (Convenio Multilateral del 18-08-77) RESUELVE:
Artículo 1o) Aprobar el Módulo Consultas del Sistema SIFERE WEB, que permitirá a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el régimen del Conve- nio Multilateral, consultar información existente en los Sistemas de Comisión Arbitral. El mismo operará a través del sitio www.sifereweb.gov.ar.
Art. 2o) El uso de la información incluida en este módulo es de exclusiva responsabilidad de los contribuyentes. Todos los datos disponibles son de carácter informativo y responden a lo de- clarado por los mismos, como así también por los agentes de recaudación.
Art. 3o) A fin de acceder al Sistema que se aprueba por la presente, los contribuyentes uti- lizarán para su identificación e ingreso la Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la cual será autenticada por dicho Organismo en cada oportunidad que ingresen al mismo. Para operar por primera vez, deberá efectivizarse en la Opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” del sitio de AFIP, la incorporación de una nueva relación en el servicio “Convenio Multilateral - SIFERE WEB - Consultas”.
Art. 4o) Las disposiciones de la presente regi- rán a partir del 1o de noviembre de 2012.
Art. 5o) Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Roberto A. Gil. — Ma- rio Salinardi. 

  • El artículo 1º de la RG 6/12 CACM destaca que el Módulo Consultas del Sistema SIFERE WEB permitirá a los contribuyentes del Impuestos sobre los Ingresos Brutos que tributan por el Régimen del Convenio Multilateral, consultar información existente en los Sistemas de Comisión Arbitral.
  • Vigencia: a partir del 1º de noviembre 2012 (ver artículo 4º).

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