ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE EFECTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO |
Se establecen las Medidas y Procedimientos que en el Sector Financiero, las Entidades Financieras y Cambiarias, deberán observar para Prevenir, Detectar y Reportar los Hechos, Actos, Omisiones u Operaciones que puedan provenir o estar vinculados a la Comisión de los Delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. Se deroga la Resolución UIF Nº 37/11. |
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