30 mar 2012

Fileteros - Escala Salarial CCT 506


RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 389/2012
Escalas Salariales. Pesqueros. Fileteros, CCT 161/1975. Pequeñas y medianas empresas, CCT 506/2007. Recomposición salarial
Art. 1 - Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el Sindicato Obrero de la Industria del Pescado, y la Cámara de la Industria Pesquera Argentina, obrante a fojas 1 del expediente 265.102/12, conforme a lo establecido en la ley 14250 (t.o. 2004).
Art. 2 - Regístrese la presente resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la Subsecretaría de Coordinación. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 1 del expediente 265.102/12.
Art. 3 - Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Art. 4 - Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, a la guarda del presente en el correspondiente legajo.
Art. 5 - Hágase saber que en el supuesto de que este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la ley 14250 (t.o. 2004).
Art. 6 - De forma.
Expediente 265.102/12
Buenos Aires, 27 de marzo de 2012
De conformidad con lo ordenado en la resolución (ST) 389/2012 se ha tomado razón del Acuerdo obrante a fojas 1 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 316/2012.
En la Ciudad de Mar del Plata, a las 9:00 horas del día 1 de marzo de 2012, se presenta ante mí, Analía M. Cantero, Abogada de la Delegación de Mar del Plata del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, sita en la calle Santiago del Estero 1656 de la mencionada ciudad, la Cámara de la Industria Pesquera Argentina, representada en este acto por su Presidente, el Contador Gabriel Quercia que acredita su representación con copia del Estatuto Social y Acta de Designación de autoridades, por una parte y por la otra, el Sindicato Obrero de la Industria del Pescado, representado en ese acto por su secretaria general la señora Cristina Ledesma y su secretario adjunto, el señor Oscar Peralta y su secretaria gremial Elda Barcena, se acuerda en celebrar el presente Acuerdo, sujeto a las siguientes cláusulas, a saber:
Primera: Que las partes han celebrado antes de ahora un convenio colectivo de trabajo 161/1975 y un convenio colectivo para pequeñas y medianas empresas para la actividad de envasado y empaque y para la actividad de fileteado, homologados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación bajo el número 506/2007.
Segunda: Que las partes han acordado que el personal incluido en esos convenios, reciba con la liquidación correspondiente a la primera quincena del mes de marzo de 2012, una bonificación especial, por única vez, de pesos doscientos ($ 200), que percibirá el trabajador por cada uno de sus hijos, siempre que acredite ante la empresa que los mismos cursen la enseñanza oficial. Atento el carácter de esa bonificación, se considera a la misma no remunerativa, por lo que no sufrirá descuentos de ninguna naturaleza, bonificación que otorgan las empresas a sus trabajadores para solventar los gastos de ingresos de sus hijos a la escolaridad oficial.
Que con lo convenido, las partes acuerdan dar por finalizado el presente acuerdo, estableciendo que el mismo será efectivo en forma anticipada a su homologación por la autoridad de aplicación, el que previa lectura y ratificación es firmado por ellas, en cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

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