20 sept 2012

Fileteros Mar del Plata - Tratamiento por Medida de Fuerza

Se declara homologado el Acuerdo celebrado en el marco de los convenios colectivos de trabajo 161/1975 y 506/2007.

El presente Acuerdo establece que como consecuencia de una medida de acción directa que afecta la actividad pesquera en el puerto de la Ciudad de Mar del Plata, los salarios devengados para el personal amparado en los convenios colectivos citados se liquiden como conceptos no remunerativos a partir del 1/5/2012, mientras se mantengan las medida de acción directa, y hasta el último día del mes calendario posterior a la finalización de los conflictos mencionados.

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