ESTATUTOS, CONVENIOS Y ESCALAS. PESQUEROS. BUQUES PESQUEROS DE ALTURA. FRESQUEROS, CCT 586/2010.
ACUERDO DE RECOMPOSICIÓN SALARIAL. HOMOLOGACIÓN
Se declaran homologados los dos Acuerdos celebrados en el marco del convenio colectivo de trabajo
586/2010.
El primer Acuerdo conviene el pago de incrementos no remunerativos del 18% a partir del 1/3/2011,
del 6% desde el 1/7/2011 y del 6% a partir del 1/1/2012, todos ellos sobre los valores vigentes al
28/2/2011.
El segundo Acuerdo establece el pago de una compensación extraordinaria de carácter no
remunerativa del 6%, calculada sobre los valores vigentes al 28/2/2011, a partir del 1/11/2011
y hasta el 31/12/2011.
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