Se declara homologado el Acuerdo celebrado en el marco de los convenios colectivos de trabajo 161/1975 y 506/2007.
Mediante el presente Acuerdo, se conviene establecer el carácter no remunerativo del viático establecido en el Acuerdo de fecha 4/7/2006.
Recordamos que dicho Acuerdo estableció que las empresas abonarían a su personal, a partir del 1/7/2006, el valor equivalente a dos boletos de transporte público de pasajeros local de la Ciudad de Mar del Plata por cada día en que el mismo fuera convocado a trabajar por su empleador, en concepto de compensación por los gastos de traslado a su lugar de trabajo.
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9 ago 2012
FILETEROS, CCT 161/1975. PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, CCT 506/2007. ADECUACIONES
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